El pasado 3 de enero se publicó la Ley Orgánica 1/2025, de Eficiencia del Servicio Público de Justicia, que trae importantes novedades en el ámbito de los procedimientos civiles y mercantiles.
A partir del próximo 3 de abril, cualquier persona que quiera interponer una demanda en estos procedimientos deberá cumplir con un requisito previo obligatorio: intentar resolver el conflicto por las buenas mediante métodos alternativos, como la mediación.
Si estás pensando en llevar a los tribunales un problema civil o mercantil, este artículo te interesa.

¿En qué consiste este nuevo requisito?
La idea principal de esta medida es sencilla: antes de interponer una demanda formal ante un juez, las partes del conflicto deben intentar resolverlo por la vía amistosa.
La ley establece que los ciudadanos deberán acreditar que han intentado llegar a un acuerdo utilizando alguno de los mecanismos de resolución alternativa de conflictos, conocidos también como «MASC» (Métodos Alternativos de Solución de Conflictos). Estos pueden incluir la mediación, la conciliación o incluso la negociación asistida por un profesional.
Este requisito busca dos objetivos fundamentales: aliviar la carga de trabajo de los juzgados y fomentar la resolución pacífica de los conflictos, donde las partes puedan llegar a acuerdos sin necesidad de recurrir a un juez.
¿Qué tipos de procedimientos requieren este intento previo?
La obligación de intentar una solución amistosa se aplicará a los procedimientos civiles y mercantiles, excepto en algunos casos específicos donde no tiene sentido imponer este requisito. Por ejemplo:
- Procedimientos urgentes: Como los relacionados con menores o situaciones de violencia de género.
- Procesos en los que el Estado interviene como parte.
- Casos donde la ley ya prevé una solución rápida y directa sin posibilidad de negociación previa, como los juicios monitorios.
En el resto de los asuntos, como conflictos entre vecinos, divorcios, asuntos de familia, reclamaciones por incumplimiento de contratos o disputas comerciales, sí será obligatorio intentar una solución amistosa antes de acudir al juzgado.
¿Cómo se acredita este intento de solución?
Para poder presentar la demanda, el ciudadano tendrá que adjuntar un documento que acredite que ha intentado resolver el conflicto mediante un método alternativo.
Este documento puede ser un acta emitida por un mediador, un acta de conciliación o cualquier otro justificante que demuestre que se ha intentado llegar a un acuerdo.
Si no se presenta esta acreditación, el juez podrá rechazar la demanda, obligando a las partes a iniciar primero el proceso de mediación o conciliación. En otras palabras, si no cumples este paso previo, te arriesgas a perder tiempo y dinero.

¿Qué es la mediación y cómo funciona?
La mediación es un proceso voluntario en el que un profesional neutral (el mediador) ayuda a las partes a comunicarse y buscar una solución mutuamente satisfactoria.
Este profesional no impone soluciones, sino que facilita el diálogo para que las partes lleguen a un acuerdo por sí mismas.
El proceso es más rápido y menos costoso que un juicio, y tiene la ventaja de que las partes conservan el control sobre la solución.
Si logran un acuerdo, este puede formalizarse ante un notario y tener el mismo valor que una sentencia judicial.

Ventajas de intentar una solución amistosa
- Ahorro de tiempo y dinero: Los procedimientos judiciales pueden durar años y generar costes elevados. La mediación, en cambio, suele ser mucho más rápida y económica.
- Mayor control sobre el resultado: Al no depender de la decisión de un juez, las partes tienen más libertad para negociar soluciones que se ajusten mejor a sus intereses.
- Reducción del estrés: Un juicio puede ser emocionalmente desgastante. Resolver el conflicto de forma amistosa suele ser menos tenso y conflictivo.
- Preservación de las relaciones: En muchos casos, las partes implicadas tienen una relación que quieren mantener (como progenitores, socios comerciales, vecinos o familiares). La mediación permite buscar soluciones sin romper estos lazos.
¿Qué pasa si no se llega a un acuerdo?
Si, a pesar de haber intentado una solución amistosa, las partes no logran ponerse de acuerdo, podrán acudir al juzgado y presentar la demanda. El intento previo no obliga a llegar a un acuerdo, solo a intentarlo de buena fe.
El juez no valorará negativamente que no se haya alcanzado un consenso, siempre y cuando se haya cumplido con el requisito previo de intentar la solución amistosa.

¿Cómo afecta esta medida a los ciudadanos?
Este cambio supone una novedad importante para los ciudadanos. Hasta ahora, podías acudir directamente al juzgado cuando tenías un problema.
A partir del 3 de abril, deberás dar un paso previo: intentar resolver el conflicto fuera de los tribunales.
Esto puede ser una oportunidad para evitar largos y costosos procesos judiciales.
Imagina que tienes un conflicto con tu pareja por los hijos, la pensión o viviendo, o con un vecino por unas obras o una reclamación a una empresa por un servicio defectuoso.
Antes de gastarte dinero en abogados y esperar meses o incluso años a que el juez resuelva, podrías intentar llegar a un acuerdo rápido que satisfaga lo que quieres terminando el problema.

Conclusión
La nueva Ley Orgánica 1/2025, introduce un requisito previo obligatorio para fomentar la solución amistosa de los conflictos y reducir la carga de los juzgados.
Este cambio podría beneficiar a muchas personas al ofrecerles la posibilidad de resolver sus problemas de forma rápida, económica y pacífica.
Si tienes un conflicto que podría acabar en los tribunales, a partir de abril deberás intentar primero una solución amistosa.
Y si no sabes por dónde empezar, no te preocupes: contacta con nosotros y te guiaremos en el proceso, quizá descubras que no necesitas al juez para resolver tu problema y sea más sencillo de lo que parece.


